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PCR y Petrobell firmaron contratos por $ 333 millones

20/05/2024 El Oriente - Redacción

La inversión irá a los bloques 93-Saywa, 96-VHR Oeste y 97-VHR Este, ubicados en el norte de la Amazonía.

Los contratos se suscribieron el 17 de mayo / Foto: cortesía Ministerio de Energía Los contratos se suscribieron el 17 de mayo / Foto: cortesía Ministerio de Energía

Los contratos se suscribieron el 17 de mayo / Foto: cortesía Ministerio de Energía

Quito- Las empresa argentina Petroquímica Comodoro Rivadavia (PCR) y la uruguaya Petrobell firmaron con el Ministerio de Energía y Minas los contratos de participación para la operación de los bloques petroleros 93-Saywa, 96-VHR Oeste y 97-VHR Este, de la ronda licitatoria intracampos II.

Las dos empresas comprometieron inversiones por $ 333 millones para la exploración y explotación de hidrocarburos, en los 3 campos ubicados en el norte de la Amazonía.

PCR operará 93-Saywa y 97-VHR Este, mientras que Petrobell operará 96-VHR Oeste.

De acuerdo con los contratos, para 93-Saywa se espera una inversión de $ 161 millones; el 55 % de los ingresos producidos serán para el Estado y un estimado de producción acumulada de 16 millones de barriles de crudo.

Para VHR Este, la inversión programada es de $ 125 millones; el 69 % de los ingresos serán para el Estado y un estimado de producción acumulada de 20 millones de barriles de petróleo.

En VHR Oeste, la inversión será de $ 47 millones; el 76 % de los ingresos irá al Estado y un estimado de producción acumulada de 2 millones de barriles de crudo.

La XII ronda licitatoria intracampos II, para los bloques Lumbaqui, Saywa, Tamya, Tetete Sur, VHR Este y VHR Oeste se abrió en octubre de 2022, con una inversión prevista de $ 2.100 millones para agregar entre 18.000 y 24.000 barriles diarios de petróleo a la producción nacional.

Las empresas Andes Petroleum, Petrobell, PCR y Petrolia presentaron ofertas en la ronda licitatoria. No se recibieron propuestas para Lumbaqui y Tetete Sur.

El período de exploración de los contratos será de hasta 4 años, prorrogables por 2, y hasta 20 años para la producción, que también podrá ampliarse “de acuerdo con lo que se establezca en el plan de desarrollo del área y siempre que convenga a los intereses del Estado”.

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